SERVICIOS DE SOLIDARIDAD


Conozca el reglamento del Servicio de Solidaridad que tiene como objetivo atender la situaciones originadas por calamidad o siniestros al asociado, y su grupo familiar, por medio de un apoyo económico.

SERVICIO FUNERARIO


A través de Servivir, nuestra entidad aliada, prestamos un servicio completo que ofrece diversos planes de cobertura familiar (Grupo familiar básico - Usuario Adicional - Usuario Especial - Grupo Aseis).
El grupo familiar primario está compuesto por cónyuge o compañero permanente, padres, padrastros o suegros, hijos o hijastros todos sin límite de edad. A los asociados solteros sin hijos, les cubrirá sus padres y hermanos sin límite de edad.
 

TIPOS DE USUARIOS

 

MÁS BENEFICIOS DEL SERVICIO


PLAN AFINIDAD


SERVIVIR, ha dado apertura a su nuevo plan AFINIDAD, es un plan para aquellas personas que tienen mascotas, quieren brindarle una despedida digna y esta es una alternativa para hacerlo de la mejor manera .
Cobertura
*Especies: Perro y Gato *Área de cobertura: Cali, Palmira, Yumbo y Jamundí *Edades para ingreso: después de 5 meses de nacido y antes de los 8 años de edad, con permanencia ilimitada. *Requisitos para ingreso: Formato de vinculación Plan Afinidad Mascota, Fotocopia del carnet de vacunas y foto del animal. *Periodo de carencia: 3 meses *Servicios: traslado desde el sitio de fallecimiento hasta el sitio de cremación, y servicio de cremación (se entrega el respectivo certificado) *Precio mensual por cada mascota $6.000 *NO se reconoce auxilio por no utilización del servicio.Descargue aquí el formulario de vinculación, imprímalo, firmelo, escaneelo y envíelo al correo c.social@febifam.co con la foto de la mascota.

AUXILIO POR INCAPACIDAD


Es un servicio propio de nuestro Fondo, que busca brindar un acompañamiento económico a nuestros asociados cuando presentan incapacidades. Actualmente, cubrimos a partir de 10 días continuos de incapacidad y hasta 60 días por año.
Se exceptúan accidente de trabajo, enfermedad profesional y licencias de maternidad, el auxilio deberá ser solicitado a más tardar un mes después de vencida la incapacidad.
A quienes devengan un salario mínimo o en el caso de licencia de maternidad se le reconocerá la parte relativa al auxilio de transporte.

AUXILIO POR MUERTE


Es el reconocimiento económico que hace FEBIFAM, por fallecimiento del Asociado. Este monto equivale a $15.000.000 y se reconoce a los beneficiarios que el asociado haya registrado en vida.
 

SEGURO DE APORTES Y AHORROS PERMANENTES POR MUERTE


Se reconoce a los beneficiarios del asociado, un valor igual al que éste tenía en Aportes y Ahorros Permanentes al momento de fallecer. FEBIFAM asume el pago de este seguro como beneficio adicional para sus asociados.

SEGURO DE DEUDA POR MUERTE


Si al momento de fallecer el asociado tenía deudas con FEBIFAM, estas quedan condonadas.
 

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